Concluye sínodo sobre sinodalidad: estos son las 11 propuestas más rechazadas

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(ZENIT Noticias / Ciudad del Vaticano, 26.10.2024).- Por la tarde-noche del sábado 26 de octubre concluyó la segunda parte de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos que giró en torno a la sinodalidad (la primera parte se desarrolló en octubre de 2023).

La Asamblea ha emitido un Documento Final de 155 apartados que no constituye magisterio eclesial. Por disposición del Romano Pontífice se ha publicado de modo inmediato (en italiano e inglés). No está prevista una Exhortación Apostólica Post Sinodal.

Dado que la Sala de Prensa de la Santa Sede dio a la prensa acreditada (entre ella ZENIT) las votaciones de cada apartado del Documento Final, los números que más rechazo han suscitado han sido los siguientes once (traducción al castellano nuestra):

27: (43 “no”, 312 “sí”) sobre liturgia y sinodalidad

  1. Existe un vínculo estrecho entre “synaxis” y “sínodos», entre la asamblea eucarística y la sinodal. Aunque en formas distintas, en ambas se realiza la promesa de Jesús de estar presente donde dos o tres están reunidos en Su nombre (cfr. Mt 18,20). Las asambleas sinodales son eventos que celebran la unión de Cristo con Su Iglesia a través de la acción del Espíritu. Es Él quien asegura la unidad del Cuerpo eclesial de Cristo tanto en la asamblea eucarística como en la sinodal. La liturgia es una escucha de la Palabra de Dios y una respuesta a su iniciativa de alianza. La asamblea sinodal también es una escucha de la misma Palabra, que resuena tanto en los signos de los tiempos como en el corazón de los fieles, y una respuesta de la asamblea que discierne la voluntad de Dios para ponerla en práctica.Profundizar en el vínculo entre liturgia y sinodalidad ayudará a todas las comunidades cristianas, en la diversidad de sus culturas y tradiciones, a adoptar estilos celebrativos que manifiesten el rostro de una Iglesia sinodal. Con este propósito, pedimos la creación de un Grupo de Estudio específico, al cual se le encomiende también la reflexión sobre cómo hacer que las celebraciones litúrgicas expresen más la sinodalidad; asimismo,podrá ocuparse de la predicación en el contexto de las celebraciones litúrgicas y del desarrollo de una catequesis sobre la sinodalidad en clave mistagógica.

    60 (97 “no”, 258 “sí) sobre el papel de la mujer

    1. En virtud del Bautismo, hombres y mujeres gozan de igual dignidad en el Pueblo de Dios. Sin embargo, las mujeres continúan encontrando obstáculos para obtener un reconocimiento más pleno de sus carismas, de su vocación y de su lugar en los distintos ámbitos de la vida de la Iglesia, en detrimento del servicio a la misión común. Las Escrituras dan testimonio del papel destacado de muchas mujeres en la historia de la salvación. A una mujer, María Magdalena, se le confió el primer anuncio de la Resurrección; el día de Pentecostés, en el Cenáculo, estaba presente María, la Madre de Dios, junto con muchas otras mujeres que habían seguido al Señor. Es importante que estos pasajes de la Escritura encuentren un espacio adecuado en los leccionarios litúrgicos. Algunos momentos cruciales de la historia de la Iglesia confirman la contribución esencial de mujeres movidas por el Espíritu. Las mujeres constituyen la mayoría de quienes asisten a las iglesias y, a menudo, son las primeras testigos de la fe en las familias. Son activas en la vida de las pequeñas comunidades cristianas y en las parroquias; gestionan escuelas, hospitales y centros de acogida; lideran iniciativas de reconciliación y de promoción de la dignidad humana y de la justicia social. Las mujeres contribuyen a la investigación teológica y ocupan posiciones de responsabilidad en instituciones vinculadas a la Iglesia, en las curias diocesanas y en la Curia Romana. Existen mujeres que desempeñan roles de autoridad o lideran comunidades.Esta Asamblea invita a implementar plenamente todas las oportunidades ya previstas en el derecho vigente con respecto al papel de las mujeres, especialmente en los lugares donde estas aún no se han aplicado. No hay razones que impidan que las mujeres asuman roles de liderazgo en la Iglesia: no se podrá detener aquello que viene del Espíritu Santo. La cuestión del acceso de las mujeres al ministerio diaconal también permanece abierta y es necesario seguir discerniendo al respecto. La Asamblea invita, además, a prestar mayor atención al lenguaje y a las imágenes utilizadas en la predicación, la enseñanza, la catequesis y en la redacción de documentos oficiales de la Iglesia, dando más espacio a la contribución de mujeres santas, teólogas y místicas.

    78 (33 “no”, 322 “sí”) sobre ministerio de escucha y acompañamiento

    1. El proceso sinodal ha renovado la conciencia de que la escucha es un componente esencial de cada aspecto de la vida de la Iglesia: la administración de los sacramentos, en particular el de la Reconciliación, la catequesis, la formación y el acompañamiento pastoral. En este contexto,la Asamblea ha dedicado atención a la propuesta de instituir un ministerio de escucha y acompañamiento, mostrando una variedad de orientaciones. Algunos se han expresado favorablemente, considerando que este ministerio sería una manera profética de subrayar la importancia de la escucha y el acompañamiento en la comunidad. Otros han afirmado que la escucha y el acompañamiento son tareas de todos los bautizados, sin necesidad de un ministerio específico. Otros, a su vez, señalan la necesidad de profundizar, por ejemplo, en la relación entre este posible ministerio y el acompañamiento espiritual, el asesoramiento pastoral y la celebración del sacramento de la Reconciliación.También se ha propuesto que este posible ministerio de escucha y acompañamiento se destine de manera particular a la acogida de quienes están en los márgenes de la comunidad eclesial, de quienes regresan después de haberse alejado, de quienes buscan la verdad y desean ser ayudados a encontrar al Señor. Por lo tanto, permanece la necesidad de continuar el discernimiento sobre este tema. Los contextos locales donde esta necesidad es más sentida podrán promover una experimentación y desarrollar posibles modelos sobre los cuales discernir.

    92 (39 “no”, 316 “sí”) sobre el voto consultivo y deliberativo del obispo

    1. En una Iglesia sinodal, la competencia decisional del Obispo, del Colegio Episcopal y del Obispo de Roma es inalienable, ya que está arraigada en la estructura jerárquica de la Iglesia establecida por Cristo al servicio de la unidad y el respeto de la legítima diversidad (cfr. LG 13). Sin embargo, no es incondicional: una orientación que surja en el proceso consultivo como resultado de un discernimiento correcto, especialmente si es realizado por los organismos de participación, no puede ser ignorada. Por lo tanto,resulta inapropiado contraponer la consulta y la deliberación: en la Iglesia, la deliberación ocurre con la ayuda de todos, nunca sin la autoridad pastoral que decide en virtud de su oficio. Por esta razón, la fórmula recurrente en el Código de Derecho Canónico, que habla de voto “solamente consultivo” (tantum consultivum), debe ser revisada para eliminar posibles ambigüedades. Resulta entonces apropiada una revisión de la normativa canónica en clave sinodal, que clarifique tanto la distinción como la articulación entre lo consultivo y lo deliberativo, y aclare las responsabilidades de aquellos que en las distintas funciones participan en los procesos decisionales.

      124 (32 “no”, 323 “sí”) sobre las “diferencias de ritmo” en cada iglesia local

      1. El horizonte de la comunión en el intercambio de dones es el criterio inspirador de las relaciones entre las Iglesias. Este conjuga la atención a los vínculos que forman la unidad de toda la Iglesia con el reconocimiento y la valoración de las particularidades relacionadas con el contexto en el que vive cada Iglesia local, con su historia y su tradición. La adopción de un estilo sinodal permite que las Iglesias se muevan a ritmos diferentes.Las diferencias de ritmo pueden ser valoradas como expresión de una legítima diversidad en la unidad de la Iglesia.

      125 (45 “no”, 310 “sí”) sobre las Conferencias Episcopales

      1. Las Conferencias Episcopales expresan y realizan la colegialidad de los Obispos para fomentar la comunión entre las Iglesias y responder de manera más eficaz a las necesidades de la vida pastoral. Son un instrumento fundamental para crear lazos, compartir experiencias y buenas prácticas entre las Iglesias, y adaptar la vida cristiana y la expresión de la fe a las diversas culturas. También tienen un papel importante en el desarrollo de la sinodalidad, involucrando a todo el Pueblo de Dios. A partir de lo surgido durante el proceso sinodal, se propone:

      a) recoger los frutos de la reflexión sobre el estatuto teológico y jurídico de las Conferencias Episcopales;

      b)precisar el ámbito de la competencia doctrinal y disciplinaria de las Conferencias Episcopales. Sin comprometer la autoridad del Obispo en la Iglesia a él confiada ni poner en riesgo la unidad y la catolicidad de la Iglesia, el ejercicio colegial de dicha competencia puede favorecer la enseñanza auténtica de la única fe de una manera adecuada e inculturada en los diferentes contextos, identificando las expresiones litúrgicas, catequéticas, disciplinarias, pastorales, teológicas y espirituales oportunas (cfr. AG 22);

      c) proceder a una evaluación de la experiencia del funcionamiento real de las Conferencias Episcopales, de las relaciones entre los episcopados y con la Santa Sede, para identificar las reformas concretas que deben implementarse. Las visitas “ad limina Apostolorum” pueden ser una oportunidad propicia para dicha evaluación;

      d) procurar que todas las Diócesis sean parte de una Provincia eclesiástica y de una Conferencia episcopal (cfr. CD 40);

      e) especificar el vínculo eclesial que generan las decisiones tomadas por una Conferencia episcopal respecto a su propia Diócesis para cada Obispo que participó en esas decisiones.

      126 (32 “no”, 323 “sí”) sobre las Asambleas eclesiales continentales

      1. En el proceso sinodal, las siete Asambleas eclesiales continentales, celebradas a principios de 2023, han representado una novedad significativa y son un legado a valorar como un modo eficaz de implementar la enseñanza conciliar sobre el valor «de cada gran territorio socio-cultural» en la búsqueda de «una disposición más profunda de toda la vida cristiana» (AG 22).Será necesario clarificar mejor su estatuto teológico y canónico, así como el de los agrupamientos continentales de Conferencias Episcopales, para aprovechar sus potencialidades en el desarrollo de una Iglesia sinodal. Corresponde especialmente a los Presidentes de los agrupamientos continentales de Conferencias Episcopales alentar y apoyar la continuidad de esta experiencia. 

      129 (38 “no”, 317 sí) sobre los Concilios particulares

      1. Para realizar una «saludable “descentralización”» (EG 16) y una inculturación efectiva de la fe,es necesario no solo reconocer el papel de las Conferencias Episcopales, sino también reevaluar la institución de los Concilios particulares, tanto provinciales como plenarios, cuya celebración periódica fue una obligación durante gran parte de la historia de la Iglesia y que están previstos en el derecho vigente en el ordenamiento latino (cfr. CIC can. 439-446). Deberían convocarse periódicamente.El procedimiento para el reconocimiento de las conclusiones de los Concilios particulares por parte de la Santa Sede (recognitio) debería reformarse para incentivar su publicación oportuna, estableciendo plazos específicos o, en el caso de cuestiones puramente pastorales o disciplinarias (que no afecten directamente temas de fe, moral o disciplina sacramental), introduciendo una presunción jurídica equivalente al consentimiento tácito

      133 (37 “no”, 318 “sí”) sobre la creación de un consejo de patriarcas, arzobispos mayores y metropolitas orientales

      1. Para fortalecer estas relaciones,la Asamblea sinodal propone la creación de un Consejo de Patriarcas, Arzobispos Mayores y Metropolitanos de las Iglesias Orientales Católicas, presidido por el Papa, como expresión de sinodalidad y como herramienta para promover la comunión y el intercambio del patrimonio litúrgico, teológico, canónico y espiritual. El éxodo de muchos fieles orientales hacia regiones de rito latino amenaza con comprometer su identidad. Para abordar esta situación, se deberán elaborar herramientas y normas para maximizar la colaboración entre la Iglesia latina y las Iglesias Orientales Católicas. La Asamblea sinodal recomienda un diálogo sincero y una colaboración fraterna entre obispos latinos y orientales para asegurar una mejor asistencia pastoral a los fieles orientales que carecen de presbíteros de su propio rito y garantizar, con la debida autonomía, la participación de los obispos orientales en las conferencias episcopales. Finalmente, propone al Santo Padre convocar un Sínodo Especial para promover el fortalecimiento y el renacimiento de las Iglesias Orientales Católicas.

      136 (37 “no”, 318 “sí) sobre el Sínodo de los obispos

      1. Entre los lugares para practicar la sinodalidad y la colegialidad a nivel de toda la Iglesia destaca sin duda el Sínodo de los Obispos, que la Constitución Apostólica “Episcopalis Communio” ha transformado de un evento puntual a un proceso eclesial. Instituido por San Pablo VI como una asamblea de obispos convocada para participar, mediante el consejo, en la preocupación del Romano Pontífice por toda la Iglesia, ahora es, en su forma de proceso por fases, expresión y herramienta de la relación constitutiva entre el entero Pueblo de Dios, el Colegio de los Obispos y el Papa. Todo el santo Pueblo de Dios, los obispos a quienes se les han confiado porciones específicas y el Obispo de Roma participan plenamente en el proceso sinodal, cada uno según su función. Esta participación se manifiesta en la Asamblea sinodal reunida en torno al Papa, que, en su composición, muestra la catolicidad de la Iglesia. En particular, como ha explicado el Papa Francisco, la composición de esta XVI Asamblea General Ordinaria es «más que un hecho contingente. Expresa una modalidad de ejercicio del ministerio episcopal coherente con la Tradición viva de las Iglesias y con la enseñanza del Concilio Vaticano II» (Intervención en la Primera Congregación General de la Segunda Sesión de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos, 2 de octubre de 2024).El Sínodo de los Obispos, conservando su naturaleza episcopal, ha visto y podrá ver en el futuro la participación de otros miembros del Pueblo de Dios como «la forma que está llamada a asumir el ejercicio de la autoridad episcopal en una Iglesia consciente de ser constitutivamente relacional y, por tanto, sinodal» (ibid.) para la misión. Al profundizar en la identidad del Sínodo de los Obispos, es esencial que en el proceso sinodal y en las asambleas aparezca y se realice concretamente la articulación entre la participación de todos (el santo Pueblo de Dios), el ministerio de algunos (el Colegio de los Obispos) y la presidencia de uno (el sucesor de Pedro).

      148 (40 “no”, 315 “sí”) sobre los candidatos al sacerdocio configurados al estilo sinodal

      1. A lo largo del proceso sinodalse ha expresado ampliamente la petición de que los itinerarios de discernimiento y formación de los Candidatos al Ministerio Ordenado se configuren al estilo sinodal.  Esto significa que deben prever una presencia significativa de figuras femeninas, una inserción en la vida cotidiana de las comunidades y una educación para colaborar con todos en la Iglesia y practicar el discernimiento eclesial. Esto implica una valiente inversión de energías en la preparación de los formadores.La Asamblea pide una revisión de la Ratio Fundamentalis Institutionis Sacerdotalis que incorpore las peticiones maduradas en el Sínodo, traduciéndolas en indicaciones precisas para una formación a la sinodalidad. Los cursos de formación deben ser capaces de despertar en los candidatos la pasión por la misión ad gentes. No menos necesaria es la formación de los Obispos, para que puedan asumir mejor su misión de reunir en la unidad los dones del Espíritu y ejercer con estilo sinodal la autoridad que les ha sido conferida. El estilo sinodal de formación implica que la dimensión ecuménica esté presente en todos los aspectos del camino hacia el ministerio ordenado.

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