(ZENIT Noticias / Bogotá, 09.04.2025).- La Cámara de Representantes de Colombia rechazó el pasado 26 de marzo el proyecto de ley para reglamentar la eutanasia que incluía a menores con discapacidad intelectual.
La eutanasia fue despenalizada en Colombia durante 1997 y se han presentado 17 proyectos para cambiarla, mismos que fueron rechazados por el Congreso en los últimos años. El proyecto rechazado tuvo 90 votos a favor en la votación del Congreso del 26 de marzo, insuficientes para seguir adelante, ya que requería mayoría absoluta de 94 votos.
Sin embargo, la Corte Constitucional permite la práctica de la eutanasia para ampliarla, como la sentencia T-057 del 14 febrero, donde ordenó al Ministerio de Salud modificar la resolución 825 de 2018 donde se regula la eutanasia en menores de edad, para que “no se excluya” a aquellos “con discapacidad intelectual de la posibilidad de presentar solicitudes para la activación del procedimiento eutanásico”. El caso llegó a la Corte y negó a una madre la eutanasia para su hijo adolescente con discapacidad intelectual, alegando que su hijo sabía y deseaba la eutanasia. La corte dio seis meses al Ministerio de Salud para ampliar la práctica a este grupo de la población y exhortó al Parlamento su legalización.
En diálogo con ACI Prensa, el congresista del Partido Conservador, Luis Miguel López Aristizábal, criticó a la Corte por usar este caso para “insistir en una agenda que ha sido rechazada en repetidas ocasiones por el Congreso” y advirtió que el Tribunal práctica un “activismo judicial peligroso”, porque “se manipulan decisiones individuales para introducir cambios de fondo que deberían ser debatidos democráticamente”.
También aclaró que la eutanasia no es legal en Colombia y ampliarla “a menores con discapacidad no solo es éticamente cuestionable, sino que refleja una visión excluyente y nefasta que pone en riesgo a los más vulnerables de nuestra sociedad”.
Por su parte, el presidente de la plataforma Unidos por la Vida, Jesús Magaña dijo que la Corte sigue “destruyendo” el artículo 11 de la Constitución que declara “inviolable” el derecho a la vida, como la prohibición de la pena de muerte. Comentó que “la eutanasia es una violación a la vida y una casi pena de muerte por la eficiencia o el ahorro de costos de los tratamientos de salud que los médicos deben aplicar a los enfermos terminales o a las personas mayores de edad”.
Magaña también señaló que la sentencia T-057 de 2025 mostró “una visión utilitarista., buscando “eliminar a menores de edad con alguna enfermedad que genera un gasto fuerte al sistema de salud” por razones estrictamente económicas.
La neuropsicóloga clínica, Alis Bedoya Olaya aclaró que “aunque los padres o cuidadores pueden tener un amplio conocimiento de sus hijos, la interpretación del sufrimiento o deseo de morir es subjetiva y presenta un nivel de importancia mayor cuando se trata de una decisión como la eutanasia”. Y dijo: “La literatura neuroética y bioética advierte que los tutores no deben sustituir la voluntad en decisiones irreversibles, especialmente cuando no existe evidencia clara de que el menor tiene la capacidad de formar una voluntad autónoma. La subjetividad del amor parental no reemplaza la voluntad y autonomía de los hijos”.
El legislador López Aristizábal dijo que “es inaceptable que la Corte Constitucional pretenda legislar”, pues “no tiene potestad para crear leyes o derechos. (…) El Congreso ha sido claro: ni la eutanasia ni el aborto han sido reconocidos como derechos fundamentales, ni en la Constitución ni mucho menos en la ley. El sentir democrático se ha hecho sentir en más de una oportunidad para rechazar el aborto y la eutanasia, pero la Corte persiste en imponer su agenda ideológica”.
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